Gremiales

Trabajo Médico

¿De qué vamos al hablar de DIGNIDAD del médico como trabajador?

Hablamos de contar con un trabajo, denominado por la OIT, como «decente», es decir, en blanco, registrado, con todos los beneficios que esto presupone, con condiciones de trabajo que permitan al médico una atención correcta de los pacientes, sin causas que favorezcan un problema de praxis médica y un salario digno que corresponda a la importancia de la tarea. Si estas condiciones no se cumplen estamos ante la presencia de una situación indigna para el trabajador médico y que avasalla los derechos que le corresponden al profesional como a cualquier otro trabajador.

Preguntas y respuestas clave

En la mayoría de los casos, todo lo contrario, casi en ningún lugar donde emplean a médicos, se cumplen estos requisitos de trabajo decente, con condiciones de trabajo razonables y que tengan un salario digno.

Las causas son múltiples, causas generadas por el sistema de salud, por la plétora médica, por las crisis económicas que sucesivamente tuvo nuestro país, por el pluriempleo que los médicos deben tener para poder redondear un salario más o menos digno y más o menos suficiente para llevar su vida adelante, el individualismo de los médicos que no les permite reconocer la necesidad de unirse y defenderse en conjunto a través de las organizaciones idóneas para hacerlo como son las organizaciones gremiales, a veces la indiferencia o la desidia , la falta de participación y de compromiso con sus propios derechos, los cuales en general desconocen, y si desconocen cuales son sus derechos, difícilmente puedan hacer algo para defenderlos, esto provoca que las organizaciones empresarias o patronales avancen sobre esos derechos haciendo que el trabajo médico se transforme en una actividad indigna para el que la practica.

En cuanto a la responsabilidad, debemos reconocer que mucha de esta responsabilidad recae sobre el propio médico, que debe asumirse como trabajador, que tiene derechos, que debe conocerlos, que debe pelear por ellos, para él y para el resto de sus colegas, sin miedos, con fuerza y responsabilidad, debe participar en sus organizaciones gremiales, debe hacer conocer sus falencias laborales, sus inquietudes y sus necesidades para poder ir haciendo un camino en la defensa de esos derechos.

Los países serios, tienen organizaciones serias, tienen profesionales respetados, reconocidos como trabajadores calificados con derechos y con posibilidades de poder reclamar por esos derechos. Esta cuestión de crecer y trabajar bajo nuevas formas, salir del «gracias que me pagan lo que me pagan», «gracias que tengo trabajo, aun en forma precaria» y el resto es aguantar sin ningún otro derecho, para pasar a instalar un nuevo paradigma en materia socio-laboral donde haya cumplimiento de las tres premisas que queremos llevar adelante para lograr un trabajo DIGNO, no es fácil y seguramente llevará años hacerlo realidad.

Esto presupone un trabajo de todos nosotros para lograrlo, seguramente no se impondrá mágicamente o por la bonhomía de los empleadores, demasiado preocupados por sus ganancias aún a costa de la dignidad de los profesionales que trabajan para ello.

Trabajo decente o digno significa trabajo registrado, trabajo en blanco, por contraposición al trabajo en negro que No Es un Trabajo Considerado Digno, con condiciones de trabajo dignas

Gana volver a un sistema solidario, que para los trabajadores es la Seguridad Social, donde el patrón debe contribuir junto con el trabajador para financiar los beneficios de la seguridad social que es un elemento fundamental para el trabajador y su familia.

La ausencia de esta posibilidad de contar con una Obra Social genera una distorsión en el trabajo de los Hospitales Públicos que podrían atender a quienes realmente no cuentan con otro tipo de cobertura en mejores condiciones edilicias y de insumos. La registración laboral es la puerta de entrada a un convenio colectivo de trabajo, la puerta de entrada a la defensa común de los intereses de los trabajadores, es la puerta de entrada a la organización sindical como auxilio social y como integrador social, es una protección contra el despido arbitrario, herramienta que utilizan los patrones a su voluntad cuando no existe un convenio colectivo o una organización sindical que defienda los intereses de los trabajadores, el derecho a la indemnización y todo lo que deriva de un convenio colectivo, el derecho a una ART, derecho a licencias pagas, a licencias por enfermedad, a derechos de licencias por enfermedad familiar, por maternidad, por lactancia (situación muy consultada por el número elevado de profesionales médicas de sexo femenino), derecho al aguinaldo, el derecho a las asignaciones familiares, el derecho al subsidio por desempleo ante un eventual despido, a un seguro de vida obligatorio y en el futuro a tener una jubilación digna. Y algo que en general no es tenido en cuenta, es el derecho a tener un recibo de sueldo con el que se puede demostrar su trabajo, su fecha de ingreso, cuanto ganaba, los premios que cobraba, si se le hicieron los descuentos de aportes y contribuciones previsionales, y hasta para algo más sencillo, el poder pedir un crédito, donde siempre le piden un recibo de sueldo para otorgárselo.

Todos estos derechos se pierden por una quimera como es la de recibir un honorario o un sueldo sin descuentos previsionales, sin aportes jubilatorios y que representa una suma ilusoriamente mayor a costa de una mayor inseguridad laboral y sujeto a la voluntad de los patrones de mantener su fuente de trabajo

El empleador trata de ahorrar dinero creyendo que el trabajador en negro es más barato y que se ahorra un 38% sobre los haberes de los aportes y contribuciones, pero si no pagan aguinaldo, no pagan vacaciones, no pagan premios por convenios, puede llegar a ahorrarse un 70%, pero si logra tener a los trabajadores como esclavos podría ahorrarse un 100%.

Todo esto desaparece cuando por causa de un accidente de trabajo que le cuesta la vida a un trabajador y debe pagar una indemnización sin tener ART, por lo que debe aplicarse una indemnización del Código Civil, no le alcanza ni el fondo de comercio para pagarlo y termina perdiendo su empresa, su patrimonio personal y quedando varios trabajadores sin empleo. ¿Cuál es el beneficio para los empleadores?

El tener los trabajadores registrados combate la competencia desleal entre empleadores que cumplen la ley con los que la incumplen, que tienen un beneficio en los costos, pero con el riesgo de tener un bien no tutelado con posibilidades de sanciones por parte de la AFIP, que es el agente recaudador y verificador de los aportes y contribuciones del sistema de Seguridad Social, o por parte de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo que fiscaliza el cumplimiento de las obligaciones de los empleadores en materia de higiene y seguridad social del trabajo. También es un beneficio los débitos que pueden obtener aquellos que pagan impuesto a la ganancia, por lo que pagan de contribuciones y haberes de sus empleados. Por este tema de la competencia desleal, hemos tenido la posibilidad de charlar con distintas Cámaras Empresarias, para avanzar en un Convenio Colectivo de Trabajo que iguale las condiciones de trabajo entre sus componentes

Los gremios médicos difícilmente puedan trabajar como los gremios de base, estos tienen una capacidad de movilización y paros, que el profesional médico no lo tiene, con lo que no se puede presionar para el logro de los objetivos con estas herramientas.

Hoy los médicos de la actividad privada con su personería gremial está utilizando todos los resortes que le permiten las leyes laborales para conseguir corregir las falencias y los abusos a que son sometidos los médicos en casi todas las entidades privadas u obras sociales donde trabajan, generalmente en negro, en condiciones de trabajo absolutamente precarias, con salarios muy bajos, con amenazas de despido permanentes, si no se someten a las condiciones impuestas por ellos

Tomar conocimiento de la situación laboral de los médicos en cada una de las instituciones donde trabajan, de las condiciones trabajo y de sus salarios, instar a las patronales a revertir las condiciones que no se condigan con las necesidades de los trabajadores, una vez hecho el diagnóstico de situación y el panorama de las necesidades de nuestros afiliados, si no se logra solucionar los problemas en forma bilateral, se hace una presentación ante el Ministerio de Trabajo citando a las patronales en una conciliación entre ambos intereses, tratando de corregir las irregularidades encontradas.

En el caso de los profesionales no registrados se hace la denuncia ante la Subsecretaria de Fiscalización Laboral, acompañando en la inspección en las empresas, para el logro de la registración de los mismos. Para ello estamos firmando un Acuerdo de colaboración con el Ministerio de Trabajo para luchar contra el trabajo no registrado de acuerdo con la Ley 26476 que otorga una serie de beneficios a los empleadores que registren a sus trabajadores, como el no pago de multas, intereses sobre multas, subsidios durante los primeros 12 meses, no cobro de los primeros 10 trabajadores que se registren, etc. El Ministerio reconoce que para saber como es una actividad, nada mejor que las organizaciones representativas de la actividad. Rescatamos la importancia que tiene la Ley de Regularización del Trabajo que va dirigido exclusivamente a la actividad privada, pensando que en la población económicamente activa el 85% de los trabajadores corresponde al sector privado

En realidad la registración debe hacerse lo mismo con la registración de la clave de alta temprana (CAT), debiendo hacerse los aportes previsionales por el tiempo que el trabajador continúe trabajando. En caso de no registrar la Clave de Alta Temprana se supone que el empleado no está pasando la etapa de prueba por lo que se considera que ya está confirmado en su puesto de trabajo y que el patrón no necesitó de un período de prueba para dejarlo efectivo.

Por el control de la registración laboral (trabajo en negro), de la declaración de aportes y contribuciones ante la Seguridad Social tiene la responsabilidad el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Nacional. Por el control, verificación y fiscalización de los aportes previsionales de los trabajadores es la AFIP el responsable.

El control de las condiciones de trabajo, de higiene y seguridad laboral, del cumplimiento de los convenios colectivos de trabajo, ver si tiene recibo, si son de doble ejemplar, si le pagó en fecha, si cumplió con las formas de jornada, la responsabilidad le corresponde a los Gobiernos de la Ciudad o de cada una de las provincias

Es un Plan que reinstala la presencia de Ministerio de Trabajo como agente controlador de las relaciones laborales. Está vigente desde el año 2003 y tiene por objetivos la regularización de los trabajadores no registrados, impulsar el trabajo decente promulgado por la OIT, erradicar la evasión de aportes y contribuciones y sostener el Sistema de Seguridad Social y fundamentalmente concientizar socialmente el problema del Trabajo no Registrado.

El trabajo registrado normaliza las relaciones laborales entre empleadores y trabajadores fortaleciendo el financiamiento de las prestaciones sociales presentes y futuras y del sistema de salud. Asegura la protección de los trabajadores y el reconocimiento de sus derechos. Este plan está respaldado por la Ley 25.877, la Ley de Régimen Laboral, la Resolución 1779 de la AFIP, Sistema Único de la Seguridad Social SUSS y el Régimen de Infracciones y Graduación de las Sanciones y la Resolución del MTESS 655/05 sobre Procedimiento para la comprobación y Juzgamiento de las infracciones

La Ley 26.746 es una ley que facilita la regularización y registración de los trabajadores con beneficios para el empleador que las realice, con subsidios por el lapso de dos años para el pago de aportes y contribuciones, con subsidios durante doce meses por el 50% del pago de sus cargas sociales. Puede regularizar los trabajadores sin cargo por los primeros 10, sin pagar multas ni intereses sobre los aportes ni sobre las multas, evitando sanciones y deudas

Trabajar, luchar por la dignidad de los médicos, trabajar para concientizar a los médicos de sus derechos, luchar porque las condiciones de trabajo de los médicos mejoren, luchar por el salario de los profesionales, luchar por el reconocimiento de la importancia de nuestro trabajo, que seguramente redundarán en una mejor calidad de vida de nuestros representados, sin agresiones ni maltratos, con una mayor posibilidad de desarrollo personal que pueda dar satisfacción a las necesidades de felicidad de los médicos que trabajan en función de la salud de sus semejantes

En el marco de un convenio colectivo se reglamentan distintas condiciones de trabajo, como la modalidad de ingreso, el régimen de licencia por enfermedad, por matrimonio, por fallecimiento de familiar, las vacaciones, el aguinaldo, la guardería. Por el decreto-ley 22212, del año 1945, ningún médico debería ser echado de una institución sin sumario previo. Además, que los médicos puedan cobrar el aguinaldo, tengan el derecho a las vacaciones, a la licencia por capacitación y, sobre todo, un honorario digno.

Asesorías

Para las asesorías con el sector JURÍDICO o CONTABLE se debe solicitar turno en la Asociación de Médicos de la Actividad Privada

Santiago del Estero 354/360.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Tel: 011 – 4381-4737
Horario de atención de 10.00 a 17.00 horas.
E-mail: info@asociacionamap.org.ar

Denuncias

Para realizar denuncias sobre situaciones de irregularidades en el trabajo Usted puede:

  1. En las instituciones donde la AMAP tiene filial dirigirse y elevar el reclamo al representante gremial.
  2. En las instituciones donde no hay representación de la AMAP, debe comunicarse con la sede de la AMAP:

Dirección: Santiago del Estero 354/360.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Tel: 011 – 4381-4737 / 08103336908
Whatsapp y SMS +5491156033633

Horario de atención de 09.00 a 18.00 horas.
E-mail: consultas@asociacionamap.org.ar

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