La pandemia, una nueva excusa para tratar de imponer a la Telemedicina
El secretario Adjunto de la AMAP analiza como las empresas de salud privada intentan maximizar sus ganancias con el uso de la teleconsulta, como hacen desde hace tiempo, y colocan en el centro de sus argumentos falaces a la situación de emergencia sanitaria en el marco de la pandemia de Covid19
“En las crisis se exacerban nuestras virtudes y nuestros defectos: las personas solidarias se vuelven más solidarias, y los viles se hacen más viles”, Darío Sztajnszrajber
Por el Dr. Luis Japas, secretario Adjunto de la AMAP
Desde hace tiempo la AMAP ha denunciado y resistido la embestida de clara esencia mercantilista de las principales empresas de la salud privada que se identifican, equiparan y camuflan engañosamente con sistemas públicos de Telemedicina -que generan desde hace años beneficios reales a la población a lo largo de nuestro extenso país-.
Es así que pretenden imponer el servicio de atención médica virtual con el ánimo de sacar provecho económico y hacer crecer la rentabilidad de sus negocios. La telemedicina de los hospitales públicos, tal como se desarrolla desde hace años en el Garrahan, permite la teleinterconsulta virtual entre dos o más profesionales cuando las distancias son un factor crítico, a diferencia de lo que pretenden implementar las compañías privadas, que es la consulta remota directa entre un paciente y un médico dondequiera que estos se encuentren. Lo realmente inexplicable es que lo hacen a expensas de poner en riesgo la salud de sus propios afiliados al inducirlos a utilizar este tipo de consultas virtuales en las que el examen clínico del paciente no existe y les brindan, por lo tanto, un servicio de atención profesional incompleto e insuficiente, lo cual expone a mayores posibilidades de error al médico y al paciente.
Postura y acciones de nuestro sindicato
En defensa de los pacientes y de los trabajadores médicos y mediante un trabajo serio y perseverante de nuestro sindicato, fundado en la defensa de un ejercicio responsable de la medicina con todas las herramientas y adelantos tecnológicos disponibles, que no reemplazan al examen físico del paciente, sino que lo complementan nos opusimos hace unos años a la iniciativa del Plan Nacional de Telesalud. Esta iniciativa generada por la entonces Secretaría de Salud del gobierno anterior justificaba esta “necesidad” por los beneficios que la telemedicina sumaría a la -por muy pocos recordada- Cobertura Universal de Salud (CUS). Para normatizar el funcionamiento de la telemedicina en nuestro país esta secretaría difundió recomendaciones establecidas por una “mesa de expertos”, el Consejo Asesor, constituido en su mayoría por miembros representantes de las empresas interesadas en el desarrollo comercial de esta tecnología (Asociación Civil de Telemedicina de la República Argentina, ACTRA).
Dada nuestra firme oposición a este tipo de proyectos fuimos convocados posteriormente por la Comisión de Salud del Honorable Senado de la Nación para dar nuestra opinión y exponer nuestros argumentos contrarios a la sanción de una normativa que le permitiría a las empresas comerciales implementar legalmente servicios de atención online, de muy baja calidad médica. A pesar de que no se avanzó en el armado de un proyecto preliminar, la mayoría de las principales compañías del sector ya han puesto en funcionamiento sus propios servicios de atención remota para sus afiliados, sin un marco legal que las regule (CAM Doctor de Medifé, Llamando al Doctor de Galeno y Sancor Salud, E-Consulta de Swiss Medical, Consultorio Virtual de OSDE, Médico On Line de OMINT, Doctor OSDEPYM, iDOC de Vittal, etc.).
Hace muy pocos días atrás el senado uruguayo, presionado por la situación de crisis que genera en la Región la pandemia por coronavirus, sancionó en tiempo record una Ley de Telemedicina para permitir la atención remota de los pacientes frente a las posibilidades de contagio. En menos de 24 horas, un importante hospital privado de Montevideo empezó a ofrecer esta modalidad de atención a sus afiliados. Como era de esperar, no demoraron en alzarse nuevamente en nuestro país las voces de los empresarios de la salud privada reclamando por la necesidad de la urgente sanción de una normativa de este tipo, ante la realidad coyuntural del aislamiento obligatorio
Los embates de las empresas y medios de comunicación
Días atrás, sin ir más lejos, un artículo del diario La Nación, con la firma de dos prestigiosos profesionales de la medicina, reinstaló este reclamo bajo el título: “Telemedicina, una necesidad ante la pandemia”, en el que, en pocas y resumidas palabras, se defienden con el mismo discurso engañoso y los argumentos esgrimidos por los empresarios de la salud privada, con el noble objetivo de “llegar a los rincones más inhóspitos de todo el territorio”.
Cuesta entender que, uno de los autores de esta nota, escribiera en el mismo periódico el 2 de enero de 2012, una artículo titulado: “Relación médico-paciente en crisis”, en el que resume brevemente la situación desfavorable del ejercicio de la medicina y las principales causales del deterioro de la relación médico-paciente; destacó, entonces, la importancia de la consulta médica, que “requiere un tiempo para escuchar atentamente al paciente, un tiempo para examinarlo minuciosamente, un tiempo para redactar la historia clínica completa, un tiempo para explicar al paciente y familiares su dolencia, el tratamiento que se debe instituir, los estudios a efectuar y las perspectivas”. “Médicos y pacientes nos hemos acostumbrado a consultas de una brevedad extrema. Esto daña a ambas partes. El médico responsable sabe que se está menoscabando su profesión y exponiéndose a cometer errores. El paciente no se siente contenido y tiene, muchas veces la certeza de no haber sido correctamente evaluado”. Agrega además: “Ambos en definitiva son víctimas de un perverso sistema que ha reemplazado conceptualmente al binomio médico-paciente por el de prestador-cliente (subproducto del gerenciamiento de la salud aplicado a ultranza)”. Y concluye al final de la nota: “Mucho se ha avanzado en materia de los derechos de los pacientes, pero, paralelamente, se ha descuidado el derecho de los médicos a ejercer su profesión en condiciones acordes con la enorme responsabilidad a que los enfrenta diariamente su labor”.
Es la tecnología la que debe adaptarse a la medicina, y no la medicina a la tecnología
En la misma sintonía que propone el nuevo embate empresarial, se encuadra el proyecto de ley que acaba de presentar el senador por la provincia de Mendoza, Dr. Julio Cobos -quien parece desconocer la prexistencia y pleno funcionamiento de los servicios de atención médica online-. Su iniciativa buscaría que los agentes del Seguro de Salud y las entidades de medicina prepaga cubran y aseguren el cumplimiento de las prestaciones médicas que se realicen en forma virtual o remota, con el fin de permitir la comunicación interactiva entre el paciente y el profesional, pero excluye -como era de esperarse- a las obras sociales de los empleados públicos provinciales. «Enfrentamos un cambio de paradigma respecto de varias prácticas cotidianas y el sistema de salud no escapa a esta situación, por lo que debemos priorizar una nueva modalidad de trabajo a distancia», señala Cobos en las consideraciones del proyecto de ley.
No somos necios. Creemos en los beneficios que la tecnología le ha proporcionado a la medicina moderna, con el aporte de herramientas complementarias al médico que le posibilitan llegar a diagnósticos cada vez más tempranos y precisos, y a mejores tratamientos para beneficio del enfermo. Sin embargo, estamos convencidos de que es la tecnología la que debe adaptarse a la medicina, y no la medicina a la tecnología. Más aún cuando son otros, como en este caso, los intereses.
No retroceder, defender la salud
En síntesis, enfatizamos sobre que la teleconsulta promovida por las empresas comerciales de la salud privada constituye un retroceso para el médico porque lo somete a condiciones indignas de trabajo profesional precarizado y para el paciente porque no recibe la atención médica adecuada que se merece, en exclusivo provecho de las empresas con fines de lucro.
En este sentido, permítasenos al menos en base a la experiencia y al conocimiento de la filosofía mercantilista que mueve a las compañías con fines de lucro, poner en duda los supuestos beneficios y bondades que los empresarios interesados en desarrollar estas plataformas aseguran que su implementación traerá. Y si dichos beneficios fuesen tales, de seguro serán, como vienen siendo, para unos pocos solamente.